Saltar al contenido principal

Es el trámite oficial mediante el cual se deja constancia legal del fallecimiento de una persona ocurrido dentro de la jurisdicción del Distrito Municipal Cruce de Guayacanes. Este registro es obligatorio y constituye un requisito fundamental para la emisión del certificado de defunción.

Dicho documento es indispensable para la realización de diversos procedimientos legales y administrativos, tales como la inhumación o cremación, trámites sucesorios, cancelación de servicios, gestión de pensiones o prestaciones, así como cualquier otro proceso que requiera acreditar oficialmente el fallecimiento de una persona.

A través de este servicio, la Junta Distrital contribuye a garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales y la correcta documentación de los hechos vitales ocurridos en la comunidad.

 

Información de contacto

Dirección:

Teléfono: 849-207-0308

Descargar información de contacto.

Procedimientos a seguir

Requerimientos o requisitos

  • Que el fallecimiento haya ocurrido dentro del término municipal.

 

  • Contar con el certificado médico de defunción, debidamente cumplimentado y firmado por un profesional autorizado.

 

  • Presentar la documentación de identificación tanto de la persona fallecida como de quien realiza el trámite.

 

  • Realizar la inscripción en el plazo legal establecido desde el momento del fallecimiento.

Información Adicional

Datos importantes

Horario:

8:00 am a 1:50

Canal de Prestación:

-

Tiempo de realización:

-

Tiempo de respuesta:

de 24 a 72 horas

Costo:

gratuito

Junta Distrital Cruce de Guayacanes
Logo institucional secundario
Junta Distrital Cruce de Guayacanes

CONÓCENOS

Junta Distrital Cruce de Guayacanes

BÚSCANOS

Sector Aquino, Cruce de Guayacanes, Laguna Salada, Valverde, Rep. Dom.